Alcaldía de Zipaquirá SEDE ELECTRÓNICA

Exención del impuesto de industria y comercio

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Trámite

Presencial

Dependencia:

Secretaría de Hacienda

Descripción:

Obtener la exoneración de una parte o de la totalidad del pago del impuesto de industria y comercio para aquellas personas naturales o jurídicas que ejerzan determinadas actividades industriales, comerciales o de servicios en las respectivas jurisdicciones municipales.  

Crear solicitud Inicie el trámite de Exención del impuesto de industria y comercio. Consultar solicitud Recuerde tener el número radicado del trámite para realizar su consulta.
URL trámite en GOV.CO
Dirigido a
Temáticas
  • Impuestos


Personas Naturales
  • Ciudadanos

  • Extranjeros


Personas Jurídicas
  • Funcionarios

  • Empresas



Localización
Dirección de dependencia:

Dirección: Calle 6 con carrera 8, Alcaldía Municipal de Zipaquirá
Teléfono: (57+1) 5939150 Ext 150.

Hora de atención:

  • Lunes a jueves 7:30 am. a 4:30 pm. 
  • Viernes de 7:30 am. a 3:30 pm.

Responsable: Secretaría de Hacienda

Tiempo de respuesta: 15 Día(s) - hábil(es)

Documentos requeridos

1 - Reunir Documentos.

  • Carta manifestando solicitud: 2 Original(es) Indicando nombre del solicitante o razón social y tipo de exención.
  • Escritura o documento de constitución: 1 Fotocopia(s)
  • Certificado de cumplimiento de normatividad ambiental: 1 Original(es) Especificando plan de saneamiento, manejo de residuos sólidos, parámetros de calidad del agua y aire. Expedido por la Corporación Autónoma Regional - CAR y/o la autoridad competente.

En caso de ser constitución de empresa nueva

  • Se verificará a través de una visita técnica la planta de personal conformada para la verifiación del 40% de los empleados
  • Relación de empleados residentes en Zipaquirá: 1 Original(es) Relación del 40% de sus empleados residentes en Zipaquirá con antigüedad no menor a cinco (5) años a la fecha de su vinculación
  • Se verificará que la nueva empresa al inicio de actividades y en el desarrollo de su objeto social adquiera bienes y servicios por un valor no inferior a 10000 UVT

En caso de ser una reconversión industrial, reubicación y ampliación productiva de empresas

  • Se verificará el aumento del 10% el número de empleados y probar la vinculación directa, continua y permanente de la iniciación de actividades
  • Relación de empleados residentes en Zipaquirá: 1 Original(es) Relación del 10% de sus empleados residentes en Zipaquirá con antigüedad no menor a cinco (5) años a la fecha de su vinculación
  • Se verificará a través de una visita técnica la planta de personal conformada para la verifiación del 10% de los empleados
  • Registro único tributario - RUT: 1 Fotocopia(s)

2 - Radicar documentos

Enlaces
Entorno pruebas